| Decidirá la Corte el lunes sobre caso de militares
con VIH/Sida
México, 22 Feb (Notimex).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) decidirá el lunes próximo en sesión plenaria sobre la
constitucionalidad o no de un artículo en que se basó el despido de
militares infectados con VIH/Sida.
Durante la tercera sesión en que el Pleno de la SCJN discutió la
revisión de juicios de amparo promovidos por militares infectados y
despedidos de las Fuerzas Armadas, seis de 11 ministros se expresaron por
la inconstitucionalidad del artículo en que se basó el despido.
Aunque no se ha votado la constitucionalidad del precepto legal, ya
hubo pronunciamientos en los que se sugiere que podrían ser violatorias
de la Constitución las definiciones que se consideran como motivo de
inutilidad de los elementos de las Fuerzas Armadas.
En la sesión de este jueves los ministros José de Jesús Gudiño
Pelayo, Fernando Franco González Salas, Juan Silva Meza, José Ramón
Cossío, Olga Sánchez Cordero y Margarita Luna Parra consideraron que el
Artículo 226, Segunda Sección, numeral 45 de la Ley del Instituto de
Seguridad Social para las Fuerzas Armadas de México (ISSFAM) es
inconstitucional.
El Artículo 226 se encarga, mediante tres tablas de categorías de
padecimientos, de establecer que un soldado ha quedado inutilizado para
prestar servicios a las Fuerzas Armadas, tomando en cuenta que el término
inutilizado debe tomarse en su acepción de "no apto".
El numeral 45 de la segunda categoría expone que un efectivo de las
Fuerzas Armadas quedará inutilizado por haberse comprobado "la
seropositividad a los anticuerpos contra los virus de la inmunodeficiencia
humana confirmada con pruebas suplementarias".
En el caso del ministro Sergio Valls Hernández su ponencia de este
jueves suavizó la posición manifestada anteriormente, cuando argumentaba
que para los miembros de las Fuerzas Armadas existen condiciones de
excepción señaladas por la propia Constitución.
Los que se mantuvieron en sus posiciones, que de ganar negarían el
derecho de amparo a 11 militares dados de baja en esas condiciones, fueron
los ministros Mariano Azuela, Salvador Aguirre y Genaro Góngora, mientras
el ministro presidente no ha dejado ver la tendencia de su postura.
Se espera que en la sesión plenaria del lunes la SCJN vote la
constitucionalidad de ese precepto legal, y aunque esa votación no será
definitiva de alcanzar la mayoría en contra del proyecto se tendrían que
otorgar los amparos a los militares dados de baja.
Existen aún diversos aspectos que deberán seguir desahogándose, de
acuerdo con diferencias que hay en los alegatos de los militares que
promueven los juicios, pues la SCJN deberá determinar si los afectados
podrán recibir atención médica y quién tendrá que otorgárselas.
Los ministros coincidieron en que un elemento de las Fuerzas Armadas
que se da de alta en el servicio militar de manera voluntaria está
aceptando que su condición es extraordinaria en materia laboral y de
seguridad social.
Señalaron que se trata de una situación en excepción asentada en la
propia Constitución, debido a la delicada función que desempeñan.
No obstante, la ministra Olga Sánchez Cordero aseguró que en el caso
del derecho a la salud se trata de uno universal y que ninguna ley,
nacional o internacional, lo limita, "se trata de un derecho
elemental ilimitado que el Estado debe prestar a todas las personas sin
distingo alguno".
A su vez Juan Silva Meza enumeró una serie de instrumentos del derecho
internacional de los que es parte México y que señalan el derecho
universal a la salud.
También se incluyen disposiciones que al ser internacionales forman
parte del derecho mexicano y que regulan atención, trato así como no
discriminación a los enfermos o infectados del VIH/Sida.
Silva Meza agregó que es "anacrónico pensar que el Sida
convierte a una persona en inútil y que por lo tanto hay que segregarla".
Añadió que posiblemente el legislador que aprobó ese artículo se
olvidó de la garantía de igualdad y ello lo pone contra los esfuerzos
internacionales por eliminar la estigmatización de dichas personas.
|